Martes, 16 de Abril 2024

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Junta Municipal de Asunción
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Piden impulsar la campaña: no al acoso callejero

La Junta Municipal busca impulsar campaña contra el acoso.

Según la minuta de la concejala Sandra Benítez los casos de acoso sexual callejero registrados en la vía pública de nuestra ciudad que han tomado estado público son reiterativos y afectan particularmente a las mujeres. Pide una campaña para que se cumpla con la Ordenanza.

Asunción cuenta con la Ordenanza N° 130/2017 “Que protege los Derechos de las Personas que son acosadas sexualmente en la vía pública, en sitios públicos o privados de uso público” que tiene por objeto “Disponer los mecanismos para prohibir, prevenir y sancionar el acoso sexual a fin de proteger los derechos de las personas que son acosadas sexualmente en la vía pública, en los espacios públicos o privados de uso público, especialmente en el transporte público, y establecer responsabilidades y sanciones administrativas a la persona o personas que realice o realicen acto o actos de acoso sexual en contra de una u otras personas”; y contempla la promoción de campañas educativas e informativas anuales con la finalidad de sensibilizar y comprometer a toda la ciudadanía en el ejercicio de conductas libres de violencia en la vía pública, en los espacios públicos o privados de uso público de la ciudad”.

Otras legislaciones contra el acoso 

Detalla en la nota que nuestro país ha ratificado la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) que exige a los Estados Parte que adopten las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los ámbitos. Además, identifican el acoso sexual como una manifestación de la discriminación de género y como una forma específica de violencia contra las mujeres. El acoso sexual es una violación de los derechos fundamentales de las personas.

Que, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, (Convención de Belem do Parâ), también ratificada por el Congreso de la Nación, en su artículo 8 inciso b establece que los Estados Parte deben adoptar medidas específicas para modificar patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, para contrarrestar prejuicios y costumbres y todo tipo de prácticas que se basen en la desigualdad de  cualquiera de los géneros o en los papeles estereotipados para el hombre y la mujer que legitiman la violencia contra la mujer.

Ante lo expuesto, la edil reitera la solicitud del giro de la presente Minuta a la Intendencia Municipal para que, a través de la Dirección de Políticas de Género en coordinación con la Dirección General de Comunicación, se proceda al diseño e implementación de una Campaña Anual de Comunicación “NO AL ACOSO CALLEJERO” en el transporte público y en los espacios públicos de la ciudad, para contribuir así al objetivo de la ordenanza en su componente educacional.

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