Miércoles, 30 de Abril 2025

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Cámara de Diputados Provincia de Salta
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Media sanción para establecer marco regulatorio para sistemas de cobranzas en la provincia

El proyecto busca brindar a la Secretaría de Defensa del Consumidor como autoridad de aplicación, que tendrá una herramienta legal para controlar cómo se realizan los reclamos y el cobro extrajudicial por parte de las agencias de cobranza.

Diputados aprobó la iniciativa que tiene por objeto establecer en el ámbito de la provincia de Salta, un marco jurídico que reglamente los sistemas de cobranzas extrajudiciales de deudas de cualquier naturaleza, comprendiendo las relaciones de consumo, que respete los derechos personalísimos al honor, a la intimidad y a un trato digno del presunto moroso, como así también, el derecho a la información del artículo 42 de la Constitución Nacional, y evite las conductas de acoso.

El proyecto busca brindar a la Secretaría de Defensa del Consumidor, como autoridad de aplicación, tendrá una herramienta legal para controlar como se realizan los reclamos y el cobro extrajudicial por parte de las agencias de cobranza.

En este sentido, se considera como conductas de acoso al deudor moroso el contacto de cobradores con personas del círculo del presunto deudor, a fin de poner en conocimiento la existencia de la deuda que se pretende cobrar; el envío de reclamos postales o por medios electrónicos al domicilio real, laboral o electrónico remitidos por el cobrador, que tenga la apariencia de una notificación judicial; los contactos telefónicos, por llamadas, mensajes de texto o similares, que se realicen en días y horarios específicos; la utilización por parte del cobrador, de lenguaje obsceno y/o intimidante; las comunicaciones telefónicas a los lugares de trabajo, reclamando el pago de la deuda; el abordaje al deudor en lugares públicos con la finalidad de intimidarlo o humillarlo con la exhibición de letreros, pancartas, etc.

Cabe destacar que toda empresa que desarrolle como actividad principal, gestiones de cobro extrajudicial de deudas ajenas deberán contar con oficinas en el territorio salteño, a fin de garantizar a los deudores la atención presencial; a la vez que las empresas acreedoras que hubieren derivado en agencias de cobranzas el cobro de sus créditos serán solidariamente responsables de cumplir con la atención presencial y personalizada, y no podrán negarse de ninguna manera a atender los reclamos y/o consulta de sus deudores ni a brindar información.

Por otro lado, se establece que cuando el acreedor titular de la deuda derive las gestiones de reclamo y cobro extrajudicial a una agencia de cobranza, deberá informar previamente al deudor moroso tal situación.

La diputada Socorro Villamayor, autora de la iniciativa, explicó que mediante la misma se busca establecer un marco regulatorio que reglamente los sistemas de cobranzas extrajudiciales, incluyendo lo relacionado a los derechos del consumidor.

“Muchas veces, por tener una deuda legitima, o no, el acreedor hostiga a los presuntos deudores, más aún con la intervención de las empresas agentes de cobranzas”, expuso la legisladora.

En este sentido, la diputada Villamayor remarcó que esta iniciativa se enmarca jurídicamente en la Ley Nacional de Defensa al Consumidor, como también en el artículo 42 de la Constitución Nacional.

El proyecto pasó al Senado en revisión.

https://www.diputadosalta.gob.ar/web/noticia?id=494

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