Viernes, 03 de Mayo 2024

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Honorable Cámara de Diputados Provincia de Corrientes
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Modifican el Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable

Se prevé la creación de un Fondo Fiduciario Público cuyo plazo de duración será de 30 años y tendrá alcance en todo el territorio provincial.

En la sesión 9 se sancionó la ley que modifica el artículo 16 de la Ley 6428 de Régimen de Fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica, el cual quedará de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 16º. Créase el Fondo Fiduciario Público, en adelante “Fondo”, que se conformará como un fideicomiso de administración, cuyo plazo de duración será de 30 años desde la suscripción del contrato de fideicomiso y regirá en todo el territorio de la provincia con los alcances y limitaciones establecidos en la presente ley y las normas reglamentarias que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo.”

“Con la ley que crea el Fondo para Generación Distribuida para energías renovables, la provincia de Corrientes articula políticas claras y estables en el tiempo que permitan superar los desafíos y alcanzar el objetivo, logrando mayor competitividad y sustentabilidad en cuanto a su actividad económica", afirmó el senador #EnriqueVazTorres, autor de la iniciativa a los medios de prensa.

"La iniciativa del fondo creado busca ajustar ciertos parámetros del marco normativo, estableciendo como plazo resolutorio un período de treinta años de vigencia, a partir de la suscripción del Contrato de Fideicomiso, en línea con la duración prevista para otras herramientas de financiamiento vigentes en la Provincia, de similares características", comentó.

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