Jueves, 18 de Abril 2024

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Legislatura de la Provincia de Córdoba
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Actualización del Código Arancelario de Abogados y Procuradores

El proyecto aprobado le asigna a los honorarios profesionales el rasgo de “retribución mínima, ética, inderogable e inmodificable, la que podrá aumentarse, pero no disminuirse”.

En la decimotercera sesión virtual  de la Legislatura de Córdoba presidida por el vicegobernador Manuel Calvo, se aprobaron actualizaciones en el Código Arancelario de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba. Se trata de la Ley Provincial 9.459, cuyos artículos 6º, 26º y 36º fueron modificados según dictamen previo emitido por la Comisión de Asuntos Constitucionales, Justicia y Acuerdos y la de Legislación General, al cabo de tres sesiones de trabajo conjunto.

Al carácter “alimentario” ya definido en la ley para estos honorarios profesionales, el proyecto aprobado le agrega el rasgo de “retribución mínima, ética, inderogable e inmodificable, la que podrá aumentarse, pero no disminuirse”.

En este sentido, se fija un nuevo valor del JUS -unidad arancelaria-  y se establece que “en ningún caso (el JUS) podrá disminuir en su cuantía, aun cuando por circunstancias permanentes o transitorias sus variables de cálculo puedan alterarse”.

Las actualizaciones de dicho régimen aplican a los honorarios de abogados, procuradores y peritos judiciales que se desempeñan en el territorio cordobés.

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