Se derogó una ordenanza que estaba vigente desde 1987.
El Concejo Municipal derogó la Ordenanza Nº 544, por medio de la cual se autorizó la firma de un convenio con la Empresa Provincial de la Energía, facultando a la repartición provincial al cobro del servicio de alumbrado público directamente a los usuarios sunchalenses.
El proyecto había sido presentado por el concejal Pablo Ghiano y fue acompañado luego por el Cuerpo Legislativo en pleno.
Se determinó el plazo de noventa días hábiles para que el Intendente Municipal realice el relevamiento del alumbrado público, así como de otras necesidades públicas de consumo eléctrico, a los efectos de determinar de manera equitativa el cobro y pago correspondiente.
También se dispuso remitir copia de la norma aprobada a la Empresa Provincial de la Energía.
El edil Ghiano fundamentó la aprobación, quien brindó detalles del método actual aplicado y el objetivo que se persigue con el cambio dispuesto:
Convenio
A través del Decreto referido a la Ordenanza Nº 544, en el año 1987 el Municipio le cedió a la Empresa Provincial de la Energía el cobro del consumo de energía eléctrica por alumbrado público a los contribuyentes -dice beneficiarios en el Decreto-, que pagan mensualmente su consumo eléctrico particular y/o comercial.
En la actualidad, según la cláusula primera, la forma de calcular el monto a cobrar por cada ‘beneficiario’ se determina tomando como base el monto a precio tarifado del consumo del alumbrado público provincial, que prorrateará en proporción al consumo individual de cada usuario.
De aquí se desprende que el punto de partida del cálculo, el ‘monto a precio tarifado del consumo del alumbrado público provincial’, era un importe que se le cobraba al Municipio, es decir que en ese momento se calculaba el gasto de energía para este servicio.
Fuente: Prensa HCD Sunchales