Domingo, 28 de Abril 2024

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Código Tributario Municipal Unificado: el Senado convirtió en ley el proyecto

Fue remitido por el Poder Ejecutivo y elaborado en el seno del Consejo Tributario Provincial con el objetivo de armonizar aspectos comunes del procedimiento tributario entre los municipios.

La Cámara de Alta, durante su sesión habitual, avaló una propuesta elaborada por el Poder Ejecutivo que busca armonizar aspectos comunes del procedimiento tributario entre los municipios. La iniciativa que tenía media sanción de la Cámara de Diputados, se debatió en el Senado.

El proyecto tratado en el recinto fue aprobado por 33 votos afirmativos y 3 negativos, por lo que fue remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Las exposiciones

El legislador Diego Costarelli enfatizó la trayectoria de este proyecto de ley impulsado por el Ejecutivo Provincial. «Dicho Código tiene como objeto fomentar la integración y colaboración entre los diversos municipios en las capacitaciones de su personal, adaptación de sus organigramas y adopción de pautas normativas comunes en lo relativo a los procedimientos. Este avance en materia tributaria, se traduce en una mayor seguridad jurídica al contribuyente sin afectar la autonomía de cada comuna para establecer sus propios tributos», explicó.

Asimismo, el presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto destacó que en este proyecto se respetan las autonomías de los 18 departamentos. «Se dan herramientas y unificaciones de normas, para que los municipios sean más eficientes en la aplicación de políticas tributarias», aseveró.

Por otro lado, el senador Alejandro Abraham resaltó que la realidad de los municipios no es la misma y es necesario tener presente el tema de la autonomía en cada uno de los departamentos provinciales.

Posteriormente, el legislador Marcelo Romano del Partido Verde dijo que no acompañarán el proyecto en cuestión. «No se han tenido en cuenta las características de cada departamento. Se busca solamente recaudar», precisó.

En tanto que el senador Lautaro Jiménez del bloque Frente de Izquierda fundamentó que su bloque no está de acuerdo con la propuesta del Ejecutivo.

El legislador Marcelo Rubio defendió este Código, argumentando que ha sido el trabajo conjunto de los 18 equipos de hacienda de todos los municipios, con quienes se ha trabajado intercambiando ideas.

En tanto el senador Pablo Priore del PRO dijo que no se viola con este proyecto ni la autonomía municipal, ni la voluntad popular.

El presidente de la Comisión de Economía y Comercio Exterior, Bartolomé Robles criticó el tratamiento que se le da a los municipios en este proyecto. Asimismo el jefe de bloque Lucas Ilardo dijo que van a acompañar esta propuesta, pero que han surgido diferentes dudas.

Por último, el senador Juan Carlos Jaliff resaltó que los municipios tendrán la libertad de adherir o no a la presente ley, no etsán obligados a hacerlo.

El proyecto

Vale destacar que a principios de agosto de este año, el Poder Ejecutivo remitió esta iniciativa que fuera elaborada en el seno del Consejo Tributario Provincial. En el ejercicio de su autonomía – contemplado en la Constitución Nacional – los dieciocho  Municipios de la Provincia han dictado sus propios Códigos Tributarios, “que en algunos casos rigen sin mayores modificaciones desde fines de la década de 1970”, señala la fundamentación, lo que hace necesaria “su revisión” a la luz de las modificaciones de la nueva normativa provincial, como la Ley de Procedimientos Administrativos, y nacional, como el Código Civil y Comercial de la Nación.

En ese sentido, en el ámbito del Consejo Tributario Provincial creado por la Ley 7658, “surgió la propuesta de armonizar aspectos comunes del procedimiento tributario entre los municipios provinciales, siguiendo las experiencias de las Provincias de Córdoba y Santa Fe, pero sin avanzar en la definición de los hechos imponibles o elementos cuantificantes de los tributos municipales, los que en el marco de la Ley 1079 – Orgánica de Municipalidades – competen en forma exclusiva a los Concejos Deliberantes de cada comuna”.

Esta propuesta es “el resultado de un trabajo técnico conjunto de los equipos profesionales de todos los municipios, bajo la Coordinación del Consejo, dando como resultado un texto adaptado a las necesidades de las comunas, armónico con el resto de la legislación provincial y con herramientas modernas de gestión tributaria, como el domicilio fiscal electrónico, el manejo y cruce de datos informáticos, entre otros, y el expediente electrónico”, añade el texto.

EI Código Tributario Municipal Armonizado aborda temas como las definiciones de tributos y sujetos pasivos, unifica los procedimientos fiscales y administrativos, define las exenciones y los procedimientos para acceder a ellas, la forma de realizar las notificaciones a los responsables, los deberes y derechos de los contribuyentes, la forma en que se determinan y extinguen las obligaciones tributarias, qué intereses se aplican, o las infracciones y sanciones, en qué casos cabe la repetición, o los plazos de prescripción, y los juicios de apremio. En caso de ser sancionado por la Legislatura, cada municipio podrá optar por adoptarlo para su comuna, a través del dictado de la respectiva Ordenanza Municipal.

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