Entre los principales aspectos determinados en la nueva ordenanza aparecen cuestiones de género, actualizaciones referidas a la no inclusión en el Registro de Alimentantes Morosos para poder ser candidato.
Por unanimidad el Concejo Deliberante de Rawson aprobó el proyecto por el que se reglamenta la constitución, objetivos y funciones de las Asociaciones Vecinales y deroga la Ordenanza Nº 2667, proyecto que trabajaron los concejales Norma Medina junto al Presidente del Concejo, Dulio Monti en colaboración con el Director de Asociaciones Vecinales, Martín Chavero. El ordenamiento vecinal se complementa con la aprobación de la ordenanza que determina, “la conformación, organización, competencia, atribuciones y funcionamiento del Tribunal Electoral Municipal en el Ejido de la Ciudad de Rawson”.
Entre los principales aspectos determinados en la nueva ordenanza aparecen cuestiones de género, actualizaciones referidas a la no inclusión en el Registro de Alimentantes Morosos para poder ser candidato.
Definición y objetivos
Una primera definición establece que las Juntas Vecinales son creadas con el objetivo social de lograr la reunión democrática entre vecinos de cada zona barrial, a los fines de obtener el progreso de la misma y gestionar las deficiencias que presentan.
Entre sus objetivos figura promover el mejoramiento de la calidad de vida y el desarrollo local; estimular la participación cívica democrática, solidaria y de integración de los vecinos; convenir acciones con el Gobierno Municipal y participar de su gestión mediante la presentación de peticiones, inquietudes y sugerencias; difundir las normas municipales.
Conformación
Más adelante establece que “la Comisión Directiva estará integrada por una estructura base compuesta por un Presidente, un Secretario, un Tesorero, dos Vocales Titulares, dos Vocales Suplentes, que
duraran en sus funciones por el termino de tres años pudiendo ser reelectos en forma consecutiva una vez. Durante su mandato los cargos desempeñados deberán ser Ad- honorem.
Tribunal electoral municipal
El despacho de esta ordenanza tuvo votación favorable por unanimidad en lo general, pero en su abordaje en particular en dos artículos tuvo votación de amplia mayoría y dos negativos.
Se trata del artículo 11 donde no acompañó Unión por la Patria y la Libertad Independiente y el artículo 15 donde votó negativamente Unión por la Patria y Dignidad Rawsense. En ambos, casos fueron aprobados por 8 votos a 2.
“La designación de los integrantes del Tribunal Electoral Municipal la efectuará el Concejo Deliberante, estará compuesto por vecinos de la Ciudad a propuesta de cada bloque y en cantidad equivalente al total de los miembros que conforman el Cuerpo Deliberativo. Su integración será acorde a la composición de cada bloque proclamado y oficializado por Resolución del Tribunal Electoral Municipal”, determina el articulo segundo de la ordenanza
Y el siguiente artículo define que, “los miembros del mismo durarán hasta que culmine el período constitucional vigente, según hayan sido designados por el Concejo Deliberante de Rawson. En caso de renuncia o fallecimiento de alguno de sus integrantes se procederá de inmediato a su reemplazo. La presidencia del Tribunal Electoral Municipal surgirá de la elección que realicen sus miembros, por simple mayoría de votos de sus integrantes”.
Fuente: Prensa HCD Rawson, Chubut