El texto propone modificaciones el artículo 90 del Anexo II y el apartado 90 del Anexo IV de la Ordenanza N° 14.395-Código de Tránsito-, estableciendo de este modo un nuevo monto mínimo de U.F.
Es preciso indicar que el expediente llegó al Recinto para su tratamiento luego de obtener el correspondiente análisis y dictamen por parte de las Comisiones de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial, y Legislación General.
Con las modificaciones incluidas en el artículo 90 del Anexo II de la Ordenanza N° 14.395, el texto quedó redactado de la siguiente manera: "Por circular con vehículos que emitan gases, humos, ruidos, radiaciones u otras emanaciones contaminantes del ambiente, que excedan los límites reglamentarios, será sancionado con multa de 200 U.F. hasta 500 U.F. y se restarán de la licencia nacional de conducir la cantidad de 4 puntos. Procede pago voluntario." Por otro lado, el Proyecto sancionado también establece las modificaciones correspondientes en el artículo 90 del Anexo IV de la mencionada norma.