De esta manera, se incorpora al texto actual la redacción que establece que la Autoridad de Aplicación podrá remover el vehículo infractor mediante acarreo con grúa a costas del infractor.
La autora de la iniciativa, Eliana Chuchuy (VPS), sostuvo que el objetivo de la propuesta es actualizar la redacción de la normativa vigente. En este marco, explicó: “La posibilidad de que el Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Tránsito o el área correspondiente, pueda remolcar vehículos que obstaculicen el acceso a garajes era una situación que no estaba del todo clara. Hasta ahora, esta acción no estaba expresamente contemplada en la normativa, por lo que decidimos presentar un Proyecto para regularla”.
El artículo 99 del Anexo II de la Ordenanza N° 14.395 quedará redactado de la siguiente manera: “Por estacionar en los accesos de garajes de estacionamiento con ingreso y egreso de vehículos, se sancionará con una multa de 50 a 100 Unidades Fijas, con posibilidad de pago voluntario. En caso de verificarse este extremo, cuando surja de manera evidente que se trata de un garaje de estacionamiento con egreso e ingreso de vehículos, la Autoridad de Aplicación, además de proceder a labrar el acta de comprobación correspondiente, podrá remover el vehículo infractor mediante acarreo con grúa, a costa del infractor”.
Por otro lado, se realizan los cambios correspondientes en el Anexo I (Cuadro Único de Infracciones), artículo 51, inciso b), apartado 6 de la mencionada norma, así como en el anexo IV, artículo 99. La nueva redacción, además, excluye la condición que requeriría la presencia de una señal pertinente, con el respectivo horario de prohibición o restricción, para que se proceda a la sanción.
Durante el análisis de la norma también se expresaron a favor de su sanción los ediles Gonzalo Corral (YP) y Agustina Álvarez Eichele (JxC)