Miércoles, 08 de Abril 2026

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Poder Legislativo de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
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Proponen regular actividades de senderismo y trekking

"El uso intensivo y desordenado de senderos ha provocado erosión del suelo, degradación de la vegetación nativa, afectación de la fauna y acumulación de residuos en áreas naturales protegidas y no protegidas", se comenta en los fundamentos de la norma.

Con el objetivo de regular la actividad de senderismo y trekking en la Provincia, el legislador Matías Lapadula presentó un proyecto de Ley (asunto Nº 014/26). La propuesta tomó estado parlamentario en la primera sesión ordinaria de la Cámara y fue girado a las comisiones de Recursos Naturales y Turismo Nº 3 y Medio Ambiente Nº 4, para su análisis.

“El uso intensivo y desordenado de senderos ha provocado erosión del suelo, degradación de la vegetación nativa, afectación de la fauna y acumulación de residuos en áreas naturales protegidas y no protegidas. La ausencia de reglas claras y de una autoridad de aplicación con herramientas específicas dificulta la preservación de estos entornos para las generaciones presentes y futuras”, comenta Lapadula en los fundamentos del proyecto de Ley.

Asimismo, plantea la “posibilidad de concesionar senderos y áreas de alto tránsito” hecho que según señala, permitirá “dotar a estos espacios de infraestructura básica, sanitarios, accesos seguros, estacionamientos y servicios al visitante siempre bajo criterios de sustentabilidad ambiental y control estatal”. Y agrega que “de este modo, se mejora la experiencia turística, se protege el ambiente y se reduce la carga operativa directa sobre el Estado”.

Cabe destacar que en el artículo 13 se especifica que se autoriza al Poder Ejecutivo, a concesionar senderos y áreas de alto tránsito, con el objeto de ejecutar obras de infraestructura, proteger y conservar el ambiente, instalar sanitarios, estacionamientos e ingresos seguros y proveer servicios al visitante compatibles con el cuidado ambiental.

Además, el proyecto de Ley específica que se constituyen como infracciones a la realización de actividades en zonas no habilitadas sin autorización: No contar con el seguro obligatorio; abandonar residuos; dañar el ambiente natural o la infraestructura incluido graffitis o pintadas de cualquier tipo y el encendido de fuego para cualquier propósito.

Fuente: https://www.legistdf.gob.ar/index.php/2026/04/08/ambiente-lapadula-propone-regular-las-actividades-de-senderismo-y-trekking/?jetpack_skip_subscription_popup

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