Miércoles, 01 de Mayo 2024

Mountains

Honorable Concejo Deliberante del Departamento Capital de La Rioja
Noticias

Se avanza en la democratización del Tribunal de Cuentas Municipal

En la sesión se presentó un proyecto de ordenanza proponiendo que se reduzca de seis a cuatro años el mandato de sus miembros, limitando su reelección indefinida y estableciendo la rotación anual de la presidencia.

Para fundamentar su pedido invocó las palabras del gobernador cuando habló de la necesidad de una reforma constitucional que establezca límites a los poderes públicos estatales.

"El Presidente será designado anualmente y en forma rotativa por la mayoría del Cuerpo. El cambio se producirá en primera sesión ordinaria del mes de abril, no pudiendo repetir la presidencia ninguno de los miembros hasta tanto no la hayan ejercido los restantes", determina uno de los artículos de este proyecto, que fue girado a la comisión de Legislación del Concejo.

Asimismo, se puntualiza que el organismo debe presentar trimestralmente para consideración del Concejo Deliberante "la rendición de cuenta y planilla de ejecución presupuestaria de los fondos asignados al Tribunal de Cuentas Municipal mediante la ordenanza de presupuesto. La omisión de presentar 2 (dos) informes consecutivos por parte del presidente configura la causal de mal desempeño de sus funciones. La rendición de cuentas del Tribunal de Cuentas Municipal deberá ser presentada al Concejo por mesa de entrada legislativa", asevera Díaz, quien puntualizó los temas a tener en cuenta para esa rendición.

En coherencia con el gobernador

"Cobra trascendencia las palabras del señor gobernador de La Rioja Ricardo Quintela sobre la necesidad de una reforma constitucional que incluya

modificaciones estructurales en materia política, judicial, parlamentaria, económica, entre otras; haciendo hincapié en la necesidad de establecer la periodicidad del mandato de los poderes públicos estatales, en todos sus niveles y órdenes", así fundamentó Pelagio este proyecto, que de ahora en más comienza su debate en la comisión que preside Yolanda Corzo.

"Este Concejo Deliberante,  órgano democrático por antonomasia, hace propio y adhiere a las expresiones democráticas del Sr. Gobernador en referencia a la necesidad de establecer límites a los poderes públicos estatales. La historia mundial ha demostrado que la extendida permanencia en los cargos tiene efectos negativos", acotó en los considerandos de la iniciativa.

"La modificación proyectada tiene el propósito de consagrar en forma 

efectiva la realización del principio republicano de gobierno estableciendo la periodicidad del mandato y control de los integrantes del Tribunal de Cuentas Municipal –controlar a quienes controlan-, habida cuenta que su diseño y funcionamiento está dado por una ordenanza sancionada por el Concejo Deliberante (ord. N°1783/89)" definió.

"El sistema de reelección indefinida facilita el estancamiento monárquico en el poder, evitando la renovación y generando clientelismo y con ello el desgaste de las instituciones que no hacen otra cosa que responder a los antojos de los funcionarios que se perpetúan en el poder. Sin duda que, la perpetuidad en el poder tiende a desnaturalizar el sistema representativo de gobierno, tornándolo un poco menos republicano, generando resultados muy negativos para las instituciones", determinó.

Actualmente, el Tribunal de Cuentas Municipal está integrado por: Verónica Savaedra Calvo (Presidenta), Gonzalo Luna (Primer Vocal), Vivian Zarranz (Segunda vocal), Jorge Lávaque (Tercer vocal) y Manuel Aguilera (Cuarto vocal).

Pedido de informe

También por injerencia del edil Díaz y de manera unánime el cuerpo de concejales aprobó la Resolución Nº 2956, donde se le solicitó al Tribunal de Cuentas Municipal informe sobre la situación actual de los cargos de Secretario Administrativos y secretario Técnico de este organismo. El plazo que se le dio son 72 horas de comunicado el presente dispositivo, un informe sobre la situación actual de estos cargos. "No obran en el Concejo Deliberante antecedentes sobre las designaciones de dichos secretarios conforme lo disponen las ordenanzas vigentes y, siendo esencial la idoneidad para el acceso a los mismos -el cual se garantiza mediante el procedimiento del concurso-, su designación según al procedimiento establecido resulta imprescindible para la validez de los actos y actuaciones administrativas del Tribunal en las que los funcionarios están obligados a

intervenir por imperio de la Ordenanza Nº 1783/89", apuntaron los ediles.

Para ello se citó el artículo 12º de la Ordenanza Nº 1783/89, que determina que contará con un Secretario Administrativo y un Secretario Técnico, pero "que serán designados por concurso de antecedentes y oposición con previo acuerdo del Concejo Deliberante" y cumpliendo con la serie de requisitos.

Noticias Relacionadas