La nueva norma establece la obligación de resarcir al Estado cuando los costos de atención no estén cubiertos por obras sociales o seguros, y prevé sanciones complementarias.
La Legislatura de Río Negro sancionó una ley que dispone que los conductores que provoquen siniestros viales bajo los efectos del alcohol o estupefacientes deberán reintegrar al Estado los gastos de atención médica, en aquellos casos en que no cuenten con cobertura de obras sociales o seguros.
La iniciativa, presentada por el legislador Fernando Frugoni, obtuvo sanción definitiva en segunda vuelta, tras haber sido aprobada previamente en sesión extraordinaria. La norma fue acompañada por mayoría legislativa.
El alcance de la medida incluye también conductas consideradas graves, como el exceso de velocidad, el cruce de semáforos en rojo y la conducción sin licencia. Asimismo, se establece que la autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud, con posibilidad de ejecución judicial en caso de incumplimiento, y la obligatoriedad de realizar capacitaciones en seguridad vial.
En la misma sesión, el cuerpo legislativo aprobó la creación del Observatorio Provincial de Arbolado Público, organismo que tendrá como objetivo el monitoreo y la gestión del arbolado urbano con especies autóctonas.
Entre sus funciones, se prevalización de censos y mapeos periódicos, la evaluación sanitaria de las especies y la promoción de políticas de reforestación, con participación de organismos públicos, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil.
Ambas normas deberán ser reglamentadas por el Poder Ejecutivo para su implementación.
Fuente: https://quorum.legisrn.gov.ar/en-rio-negro-quienes-provoquen-siniestros-viales-deberan-reintegran-los-gastos-medicos/?utm_source=ig&utm_medium=social&utm_content=link_in_bio&fbclid=PAb21jcARgYDVleHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZA81NjcwNjczNDMzNTI0MjcAAaeMp0MM6plkab85-N_fP22ZjTU0UMZXQ9O_ErlwShMtQ8z5PLx7ZWei4Fbw6Q_aem_eW6waZYDu9pIo1rmpWp2qg



