La capacitación será para agentes que se desempeñen en áreas y dependencias de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y de las administraciones provinciales, municipales y de organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales.
De sancionarse, uno de los puntos manifiesta que el Poder Ejecutivo determinará por vía reglamentaria la autoridad de aplicación de la presente norma para el cumplimiento de los principios rectores, contenidos y demás disposiciones establecidas en la ley nacional de mención, de manera coordinada con los demás poderes del Estado provincial.
Cuesta argumenta que la iniciativa legislativa pretende capacitar a quienes integran los diferentes organismos del Estado, con el fin de que todas y todos los funcionarios públicos conozcan sobre estos derechos en pos de velar por el respeto de estos conforme lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño y “se generen las condiciones para una convivencia social fundada en vínculos de afecto y buen trato, como así también la promoción de espacios que garanticen los derechos de las niñas, niños y adolescentes”.
La legisladora manifiesta asimismo que la mencionada ley facultará a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que “se promueven herramientas para proteger a las y los niños; la reserva de identidad y protección para docentes, médicos y agentes que están obligados a denunciar hechos de abuso y violencia; campañas nacionales de comunicación para la concienciación sobre las alertas tempranas que detecten estas situaciones”.
Finalmente, la titular legislativa señala que “sostenemos la posición de redoblar los esfuerzos en materia de capacitación sobre niñez, adolescencia y familia, otorgando las herramientas necesarias para dotar a las y los agentes públicos de una formación integral en esta temática y, en consecuencia, brindar respuestas superadoras en la prestación de los servicios a cargo del Estado, para así garantizar los derechos para nuestras niñas y niños”.De sancionarse, uno de los puntos manifiesta que el Poder Ejecutivo determinará por vía reglamentaria la autoridad de aplicación de la presente norma para el cumplimiento de los principios rectores, contenidos y demás disposiciones establecidas en la ley nacional de mención, de manera coordinada con los demás poderes del Estado provincial.
Cuesta argumenta que la iniciativa legislativa pretende capacitar a quienes integran los diferentes organismos del Estado, con el fin de que todas y todos los funcionarios públicos conozcan sobre estos derechos en pos de velar por el respeto de estos conforme lo establecido en la Convención de los Derechos del Niño y “se generen las condiciones para una convivencia social fundada en vínculos de afecto y buen trato, como así también la promoción de espacios que garanticen los derechos de las niñas, niños y adolescentes”.
La legisladora manifiesta asimismo que la mencionada ley facultará a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, ya que “se promueven herramientas para proteger a las y los niños; la reserva de identidad y protección para docentes, médicos y agentes que están obligados a denunciar hechos de abuso y violencia; campañas nacionales de comunicación para la concienciación sobre las alertas tempranas que detecten estas situaciones”.
Finalmente, la titular legislativa señala que “sostenemos la posición de redoblar los esfuerzos en materia de capacitación sobre niñez, adolescencia y familia, otorgando las herramientas necesarias para dotar a las y los agentes públicos de una formación integral en esta temática y, en consecuencia, brindar respuestas superadoras en la prestación de los servicios a cargo del Estado, para así garantizar los derechos para nuestras niñas y niños”.
https://legislaturachaco.gov.ar/sitio/noticia.php?not_id=10441#.ZEq4UnbMLIU