La persona no podrá ingresar a espectáculos públicos pagos con más de 200 asistentes. La autoridad de aplicación deberá definir protocolos de verificación, garantizar una plataforma digital única y gratuita para el control de datos.
La comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia (A) votó por unanimidad el despacho del proyecto que prohíbe el acceso como espectador o asistente a las personas inscriptas en los registros provinciales de deudores alimentarios morosos y de violencia familia y de género. La prohibición alcanza a espectáculos públicos, eventos deportivos y culturales, fiestas populares y actividades de entretenimiento que superen los 200 asistentes.
Se trata de una iniciativa del diputado Francisco Lepore que venía con dictamen favorable de la comisión de Desarrollo Humano y Social (C) y continuará su tratamiento en la de Hacienda y Presupuesto (B). Lepore recordó que la iniciativa surgió de una experiencia ocurrida a principios de año, cuando en Buenos Aires se impidió el acceso a recitales a personas incluidas en esos listados y consideró un contrasentido que esas mismas personas puedan ingresar sin inconvenientes a cualquier espectáculo en la provincia. “El proyecto impone un poco de justicia a esta situación”, sostuvo el legislador en referencia al cumplimiento de las obligaciones parentales.
La propuesta establece la aplicación del derecho de admisión para espectáculos públicos pagos con más de 200 asistentes. La autoridad de aplicación deberá definir protocolos de verificación, garantizar una plataforma digital única y gratuita para el control de datos y resguardar la protección de datos personales.
Además, prevé sanciones por incumplimiento tanto para los asistentes como para los organizadores que no implementen los mecanismos de control. Lo recaudado en concepto de multas se destinará a campañas de difusión y concientización sobre responsabilidad parental, cumplimiento de cuota alimentaria y erradicación de la violencia de género.
Durante el debate se acordó incorporar ajustes a la redacción, como por ejemplo precisar un rango de sanciones aplicables a los organizadores. Las modificaciones se incorporarán en la comisión B.
Fuente: https://www.legislaturaneuquen.gob.ar/NoticiaDetalle?idNoticia=16257