En el despacho en mayoría, en aquellos municipios que no dicten su propia Carta Orgánica, “continuará rigiendo la Ley Orgánica de Municipalidades”.
La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Franco Ambrosini (UCR), dio despacho favorable al proyecto de enmienda de la Constitución Provincial en su artículo 197°, para avanzar en la autonomía municipal. Del encuentro surgieron dos despachos, uno en mayoría por el proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo, y otro en minoría, autoría de Jorge Difonso.
Despacho en mayoría
La enmienda promovida dispone entre otros puntos, sin perjuicio de lo establecido en los “Artículos 177, 198 y la Sección Quinta, Capítulo V de la presente Constitución, los municipios podrán dictar sus respectivas Cartas Orgánicas Municipales, no pudiendo apartarse de los principios, competencias y limitaciones establecidos en el Artículo 199 de la presente Constitución”.
Además, en aquellos municipios que no dicten su propia Carta Orgánica, “continuará rigiendo la Ley Orgánica de Municipalidades”.
La Carta Orgánica se dictará mediante una “convención convocada a tal fin, debiendo observarse para su declaración de necesidad, convocatoria, elección de convencionales y sanción, los mismos requisitos, mayorías y procedimientos establecidos por esta Constitución para su reforma”.
En el ejercicio de su autonomía, los municipios organizarán sus instituciones, competencias y procedimientos dentro de las materias propias del orden local, sin invadir atribuciones provinciales o nacionales.
En ese sentido, promueve que “en materia económico-financiera las Municipalidades tienen las rentas que determina esta Constitución y la Ley Provincial de coparticipación y tendrán la facultad de crear, modificar y percibir tasas retributivas por la prestación efectiva, individualizada o potencial de servicios públicos de su competencia,- contribuciones de mejoras originadas en el mayor valor de los inmuebles como consecuencia directa de la ejecución de obras públicas municipales y/o derechos y cánones por el uso del dominio público, el ejercicio del poder de policía municipal y la emisión de actos administrativos o licencias. No pudiendo cobrar impuestos de ningún tipo”.
En el texto, se deja explícito que la Provincia garantizará la participación municipal en el régimen de coparticipación conforme a la ley sancionada.
Entre los fundamentos del proyecto de elevación, se destaca la necesidad de adecuación al mandato nacional, destacando que "no estamos debatiendo una simple modificación de forma, estamos debatiendo la asimilación del derecho público mendocino a las exigencias de la Constitución Nacional de 1994"
Además, plantea que “la necesidad de que la autonomía sea instituida por una reforma constitucional”, es también “con el objeto de precisar su alcance y contenido, que será el mismo para todos los municipios de la Provincia. Lo contrario nos llevaría al absurdo de que cada municipio pueda dictar su propia autonomía a su saber y entender y existan por ello dieciocho autonomías diferentes. Lo que podría derivar en una anarquía de autonomías".
Otro aspecto que destaca como central, es el de “habilitar a los municipios a dictar sus respectivas Cartas Orgánicas Municipales. Tal posibilidad constituye, sin duda, la expresión más alta de la autonomía institucional”, dado que “una Carta Orgánica Municipal no puede ser una ordenanza más”, sino que “es la norma fundamental destinada para regir la vida misma del municipio".
Despacho en minoría
La propuesta es de Jorge Difonso (LUM) y fue acompañada por el voto de Germán Gómez (PJ) y Gabriela Lizana (FRMLN).
En el texto, también se declara la necesidad de enmienda y reforma del artículo 197° estableciendo que “la administración de los intereses y servicios locales de cada uno de los departamentos estará a cargo de una municipalidad, compuesta por un Departamento Ejecutivo (Intendente) y de otro Deliberativo, de seis (6) miembros y organizado en 5 regiones, cuyos mandatos durarán 4 años, renovándose el Departamento Deliberativo por mitades cada dos años, siendo elegidos en forma directa por el pueblo de la respectiva región”.
De acuerdo al proyecto, las Regiones serían: Unicipio (Capital, Godoy Cruz, Luján, Maipú, Guaymallén y Las Heras); Este (Rivadavia, Junín y San Martín); Secano (Santa Rosa, La Paz y Lavalle); Valle de Uco (Tupungato, Tunuyán y San Carlos), y Sur (San Rafael, Malargüe y General Alvear)”.
En la fundamentación, expresa que “cada Región estará gestionada por un cuerpo deliberativo denominado Comité de la Región, compuesto por 6 delegados que reemplazarán a los actuales concejales de los departamentos que la componen”.
No obstante, Difonso indicó que “deberíamos atrevernos a una reforma integral de la Constitución de la provincia, porque tiene más de cien años y han cambiado muchas realidades”.



