Domingo, 17 de Agosto 2025

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Despacho favorable a regular en la provincia la actividad de guardavidas

Se entiende por guardavida a la persona formada y entrenada para vigilar, prevenir, atender, supervisar, orientar y asistir técnica y profesionalmente a las personas brindando respuesta inmediata de rescate acuático. 

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Franco Ambrosini, dio despacho favorable a un proyecto de Ley por el cual se regula en la provincia la actividad de guardavidas. La temática fue planteada en dos proyectos que fueron acumulados, uno de César Cattaneo y otro de Gabriela Lizana.

Según indicó Cattaneo, la iniciativa contó con la participación “de los actores involucrados, que son los guardavidas”, y tiene como fin “crear un registro obligatorio de quienes cumplen esa función, con algunos requisitos específicos y una actualización anual de la documentación que tienen que presentar”.

“Cumplir con esto es jerarquizar su tarea y darle valor. Es un reconocimiento de la tarea en el territorio de la provincia”, añadió.

Por su parte, Enrique Thomas sostuvo que “estamos trabajando con el tiempo adecuado, previendo antes de la temporada. El registro asegura que las personas que se desempeñen como tal estén profesionalizados”.

El despacho aprobado prevé la creación de un Registro obligatorio de Guardavidas en el ámbito de Provincia, el que deberá llevar un registro actualizado de los títulos o certificados de los guardavidas habilitados para las tareas de rescate en ambiente acuático.

A tales efectos, se entiende por guardavida a la persona formada y entrenada para vigilar, prevenir, atender, supervisar, orientar y asistir técnica y profesionalmente a las personas brindando respuesta inmediata de rescate acuático y/o primeros auxilios de emergencia, ante aquellas situaciones de riesgo que se produzcan dentro del área de responsabilidad.

Para acceder a dicho Registro, se deberán cumplimentar una serie de requisitos, como ser mayor de edad, poseer título de guardavidas, expedido por instituciones nacionales o provinciales - de carácter público o privado - registradas y reconocidas por el Ministerio de Educación, Cultura, Infancias y DGE, o el que en el futuro lo reemplace.

Además, no registrar sanciones que lo inhabiliten para el desempeño de la función, tener certificado de antecedentes penales, y cumplir con los requisitos establecidos por la reglamentación correspondiente para cada caso.

En la fundamentación se sostiene que “dada la importancia de su labor para los espejos de agua de Mendoza, que puede significar la diferencia entre la vida y la muerte, es fundamental contar con un marco jurídico local que regule sus responsabilidades y proteja sus derechos laborales”.

Lo que se busca, es “garantizar la formación, matriculación y supervisión adecuada, estableciendo lineamientos curriculares que aseguren un desempeño eficiente y homogéneo en toda la provincia”.

Fuente: https://www.hcdmza.gob.ar/site/noticias/68-noticia/9782-despacho-favorable-a-regular-en-la-provincia-la-actividad-de-guardavidas

 

 

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