Domingo, 28 de Abril 2024

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Concejo Municipal de La Paz
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Rechazo unánime a observaciones del Órgano Ejecutivo Edil referidas a la Ley 514

Una de las observaciones iniciales del Ejecutivo fue desestimada por el Concejo refiriendo que no se pretende coartar ni desestimar la atribución del Alcalde Municipal de emitir Decretos Municipales.

Por otra parte, la justificación del rechazo a las observaciones también estableció que la Ley Municipal Autonómica N°514 de ninguna manera prohíbe o coarta a los servidores públicos el derecho de “reunirse de manera pública o privada de manera voluntaria, sin tener que estar supeditados en cuanto a sus derechos laborales a los sindicatos”.

Así mismo, El informe que sustenta el rechazo a las observaciones menciona que no se pretende usurpar funciones del Ejecutivo Edil ni del Alcalde Municipal ya que la elaboración de la mencionada Ley, su contenido y propósito están contemplados dentro el marco normativo establecido en el artículo 13 de la Ley 482. Se remarca que el único órgano que cuenta con la competencia para contemplar alguna disposición con incidencia laboral, es el Pleno del Concejo Municipal, mediante una Ley Municipal Autonómica. Para sustentar este argumento el informe cita lo determinado por el numeral 4) del artículo 16 de la Ley 482 de 09 de enero de 2014, de Gobiernos Autónomos Municipales, que establece que es atribución exclusiva del Concejo Municipal: «dictar Leyes Municipales y Resoluciones, interpretarlas, derogarlas, abrogadas y modificarlas».

En presencia de varios representantes de los trabadores sindicalizados del GAMLP se efectuó la votación al informe de observaciones que resultó en el rechazo por parte de todos los miembros del Concejo Municipal que asistieron a la Sesión Ordinaria.

 

https://www.concejomunicipal.bo/2024/02/21/rechazo-unanime-a-observaciones-del-organo-ejecutivo-edil-a-la-ley-514/

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