Esta propuesta permitirá “continuar avanzando con la modernización del Estado, la eficiencia administrativa y el fomento a la inversión. La votación nominal resultó con 33 votos afirmativos, 8 negativos y 6 ausentes.
Es el proyecto de “Ley macro” del Poder Ejecutivo que contempla la adhesión al RIMI, la refuncionalización del Fondo para la Transformación y el Crecimiento, la reorganización del Instituto de Juegos y Casinos, y la liquidación de activos de la DAABO (Dirección de Administración de Activos Ex Bancos Oficiales).
La Cámara de Diputados otorgó sanción inicial, por mayoría de votos, a la iniciativa del Poder Ejecutivo. Esta propuesta permitirá “continuar avanzando con la modernización del Estado, la eficiencia administrativa y el fomento a la inversión, buscando transformar la Administración Pública provincial mediante el uso eficaz de los recursos, el saneamiento de activos históricos y la creación de un ecosistema atractivo a la inversión”, según afirman los considerandos.
Se agrega que “la Provincia se proyecta al futuro con cambios y ordenamientos indispensables para su mejor funcionamiento. Se hace imperioso adherir a mecanismos de desarrollo y crecimiento que están surgiendo en los nuevos tiempos económicos, además de rectificar rumbos cuando sea pertinente y cerrar ciclos agotados”.
En su paso por comisiones, la normativa tuvo aportes del Poder Ejecutivo que se vinculan con ampliar beneficios impositivos a nivel local, mencionados en la Ley 27.802, para quienes adhieran al RIMI, y específicamente delimitados en el tiempo. Cabe recordar que el RIMI, es el Régimen nacional para promover inversiones productivas mediante incentivos fiscales a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.
Para el caso de la refuncionalización del FPTyC, se manifestó que la letra final suma aportes en lo referido a la “reformulación de las pautas de liquidación”. Se establece que “se mantiene la definición del liquidador pero reformula y amplía sus facultades”; en sí el Ministerio de Hacienda y Finanzas tendrá a su cargo la liquidación del FPTyC, para lo cual deberá nombrar un liquidador que contará con las facultades y recursos necesarios para llevar a cabo esta labor.
Asimismo, durante el proceso de liquidación y supresión de la administradora provincial del FPTyC “quedarán suspendidas las obligaciones de remisión de informes y publicaciones”; en su reemplazo, “el liquidador deberá presentar un informe trimestral” de avance de liquidación ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas, y a la Legislatura.
En el caso de la reestructuración del Instituto de Juegos y Casinos, se sostiene que no se verán afectados los fondos vinculados a los programas de salud; por lo que se manifiesta que no se exime de cumplimiento lo dispuesto “en el inciso D del artículo 30 de la ley 8701”.
La votación nominal resultó con 33 votos afirmativos, 8 negativos y 6 ausentes.



